Intersindical Canaria ha reclamado a la Dirección General de la Función Pública se proceda a parametrizar en el aplicativo SICHO de todos los empleados públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, los 7 días de permiso por asuntos particulares que por derecho les corresponden, ya que actualmente han decaído los motivos que en el 2012 originaron la pérdida del séptimo día.
Si en el momento que se quieran disfrutar esos 7 días no constaran en el SICHO, los trabajadores podrán solicitar por registro su disfrute, disponiendo la Administración con 5 días hábiles para resolver, en ausencia de respuesta en ese plazo la solicitud resultaría estimatoria por silencio administrativo y si fuese denegada por resolución de la Dirección del Departamento correspondiente, esta debe estar motivada.
En el año 2003 se suscribe el Acuerdo Administración-Sindicatos sobre condiciones de Trabajo de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de permisos y licencias de los empleados públicos y se acuerda que a lo largo del año tendrán derecho a disfrutar de hasta siete días de permiso por asuntos particulares, sin perjuicio de las concesión de los restantes permisos y licencias establecidos en la normativa vigente.
El derecho a disfrutar de éste Séptimo día de permiso por asuntos particulares se recoge y plasma posteriormente en las Instrucciones de 16 de febrero de 2009 de la Dirección General de la Función Pública relativas a la aplicación del régimen de vacaciones, permisos y licencias al personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Con la publicación del Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad quedan suspendidos y sin efecto los Acuerdos, Pactos y Convenios para el personal funcionario y laboral, suscritos por las Administraciones Públicas, y sus organismos y entidades, vinculados o dependientes de las mismas y en particular, en lo relativo al permiso de asuntos particulares, vacaciones y días adicionales a los de libre disposición o de similar naturaleza.
Con la publicación del Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI y la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 se procede a la reversión o derogación de algunas medidas de ajuste del Real Decreto-ley 20/2012 que limitan derechos como, la suspensión de los acuerdos, pactos y convenios para el personal funcionario y laboral en lo relativo al permiso por asuntos particulares, vacaciones y días adicionales a los de libre disposición o de similar naturaleza.
Intersindical Canaria entiende que tras la derogación de la suspensión de los acuerdos, pactos y convenios, desde el 1 de enero del presente año, todos los empleados públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias tienen derecho a disfrutar de los 7 días de asuntos particulares ya que tanto el Acuerdo Administración Sindicatos de 2003 como las Instrucciones de la Dirección General de Función Pública de 2009 que lo desarrollan están plenamente vigentes.