La Dirección General de la Función pública ha publicado un Comunicado relativo a los criterios de aplicación a seguir en ejecución de la Sentencia del Tribunal Constitucional nº116/2022, de fecha 27 de septiembre de 2022, por la que se declara la ocupación con carácter definitivo de la plaza asignada en primer destino.
El necesario acatamiento de la declaración de inconstitucionalidad y nulidad del artículo 1.1 de la citada Ley 18/2019, obliga a otorgar carácter definitivo a todos aquellos destinos adjudicados de forma provisional en los procesos selectivos de las convocatorias derivadas de las ofertas de empleo público correspondientes a los años 2015, 2016, 2017 y 2019, así como también en todos aquellos que, en lo sucesivo, se celebren.

Por ello la Dirección General ha procedido, de oficio, a otorgar destino definitivo mediante la oportuna anotación marginal en el aplicativo SIRHUS a todos los afectados, con efectos desde la misma fecha en la que se procedió a su primera toma de posesión en el puesto entonces adjudicado de forma provisional.
El principio constitucional de seguridad jurídica impide revisar la adjudicación de plazas en régimen de adscripción definitiva producida a través de los concursos convocados con posterioridad a la norma anulada, salvo aquellos respecto de los cuales se hayan entablado procesos judiciales en relación con el nombramiento provisional en los que aún no haya recaído resolución firme.

Por ello la Dirección General de la Función Pública con objeto de iniciar un proceso de normalización de la vida administrativa de cada uno de los empleados afectados por dicha situación, ha publicado el comunicado anteriormente menciona en el que se especifican los criterios de aplicación para dar cumplimiento a la sentencia y que en algunos casos requieren de una solución individualizada.

Pueden acceder a la sentencia en el siguiente enlace

EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL SOBRE ADSCRIPCIÓN TEMPORAL DE FUNCIONARIOS DE CARRERA DE NUEVO INGRESO