El pasado día 23 de marzo se emite resolución de la Directora General de la Función Pública por la que se comunica que el 17 de marzo, último día de plazo de presentación de solicitudes de las convocatorias de los Grupos I, II y III del personal laboral de larga duración, no se pudo acceder a la Agencia Tributaria Canaria para abonar el importe de la tasa de cada procedimiento selectivo a través del modelo 700, lo que impidió hacer uso del último día del plazo.
Se resuelve otorgar un nuevo plazo de un día para la presentación de instancias para el proceso de estabilización de empleo temporal de larga duración de personal laboral, correspondiente a los
grupos I, II y III que será el lunes 3 de abril de 2023.
Posteriormente se emite una segunda resolución con fecha de 28 de marzo donde se comunica la advertencia problemas de índole técnico durante los días 23, 24, 27 y 28 de marzo, siendo el día 28 coincidente con el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes de determinadas categorías profesionales del grupo IV, mientras que los 4 días anteriormente señalados forman parte del plazo establecido en los diferentes procesos selectivos de los Grupos I, II, III, IV y V de corta duración y de los Grupos A1, A2, C1, C2 y Agrupación Profesional de Subalternos (APS) de funcionarios de corta duración.
Se resuelve por tanto ampliar el plazo de presentación de solicitudes de participación en dichos procedimientos selectivos para la estabilización de empleo temporal en cuatro días hábiles a
partir de la finalización del mismo.
Por otro lado, informar de que hoy día 30 de marzo se publican en el BOC n.º 63 varias resoluciones:
1.- Resolución de 24 de marzo de 2023, por la que se modifica la convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Auxiliar (Grupo C, Subgrupo C2) para la estabilización del empleo temporal de larga duración en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias incluyendo catorce (14) plazas
del Cuerpo Auxiliar, otorgando un nuevo plazo de presentación de solicitudes, de 20 días hábiles, desde el 31 de marzo de 2023 hasta el 2 de mayo de 2023, ambos inclusive.
2.- Resolución de 24 de marzo de 2023, por la que se modifica la convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Gestión de la Administración, Escala de Gestión General (Grupo A, Subgrupo A2) para la estabilización del empleo temporal de larga duración en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad
Autónoma de Canarias, incluyendo tres (3) plazas del Cuerpo de Gestión de la Administración, Escala de Gestión General, otorgando un nuevo plazo de presentación de solicitudes, de 20 días hábiles, contados desde el 31 de marzo de 2023 hasta el 2 de mayo de 2023, ambos inclusive.
3.- Resolución de 24 de marzo de 2023, por la que se modifica la convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Auxiliar (Grupo C,
Subgrupo C2) para la estabilización del empleo temporal de larga duración en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias y se incluyen catorce (14) plazas del Cuerpo Auxiliar, otorgando un nuevo plazo de presentación de solicitudes, de 20 días hábiles, desde el 31 de marzo de 2023 hasta el 2 de mayo de 2023, ambos inclusive.
4.- Resolución de 24 de marzo de 2023 de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Administrativo (Grupo C, Subgrupo C1), en ejecución del Anexo I de la Oferta Extraordinaria de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal de larga duración en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por Decreto 115/2022, de 20 de mayo, modificado por Decreto 236/2022, de 29 de diciembre.
El día 29 se emite resolución de la Dirección General de la Función Pública por la que se dictan instrucciones en relación con el reconocimiento de la antigüedad al personal laboral discontinuo al
servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y que deja sin efecto la resolución 653/2021, de 26 de abril.
Se determina por tanto que “en el cómputo y reconocimiento de la antigüedad al personal laboral discontinuo, se tendrá en cuenta todo el periodo de duración de la relación laboral, incluidos
los periodos de inactividad” teniéndose en cuenta a efectos de reconocimiento de trienios, por lo que entendemos que se contemplará en el cómputo total del tiempo trabajado de cara a los
procesos de estabilización. De no ser así, procederemos con las reclamaciones que se estimen oportunas.