Para conocimiento general, y como herramienta de ayuda a los empleados, la Administración ha enviado un correo electrónico donde se adjunta un Documento explicativo de cuáles son las Incidencias habilitadas en SICHO, para solicitar modalidad de prestación de servicios en cumplimiento de la Resolución nº 505/2020, de 19 de mayo, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se establece el marco organizativo y se fijan los criterios para la recuperación gradual de la actividad administrativa presencial en el ámbito de la administración general de la comunidad autónoma de canarias, en el marco de los planes de desescalada del covid-2019.
ACLARACIÓN: El personal que a partir del lunes 25 de mayo de 2020 esté prestando servicios de manera presencial los 5 días de la semana y no se acoja a ninguno de los supuestos de conciliación no deberá presentar ninguna incidencia en SICHO ya que por defecto se le aplica su jornada normal de 35 horas semanales, de 7 a 17 (con parte fija y flexible).
Fuera del caso general antes mencionado, deberá tramitarse, a través del Sistema de Control Horario (SICHO), la correspondiente incidencia, en los términos que a continuación se indicarán, habilitadas en el apartado Mis Solicitudes, bajo la denominación genérica de Modalidad de prestación de servicios.
1 PRESTACIÓN DE SERVICIOS NO PRESENCIAL
1.1 GENERAL NO PRESENCIAL (apartado 4.3 de la Resolución DGFP nº 505/2020)
1.1.1. NO PRESENCIAL TOTAL
1.1.2. NO PRESENCIAL PARCIAL PASO 1
1.1.3. NO PRESENCIAL PARCIAL PASO 2
1.2 CONCILIACIÓN NO PRESENCIAL (apartado 9.1 a) de la Resolución DGFP nº 505/2020)
1.2.1. NO PRESENCIAL TOTAL
1.2.2. NO PRESENCIAL PARCIAL PASO 1
1.2.3.NO PRESENCIAL PARCIAL PASO 2
En el caso de las solicitudes parciales (ya sea general o por conciliación), este concepto incluirá 2 pasos: paso 1 para elegir número de días no presenciales a la semana y paso 2 para seleccionar los días concretos. El paso 2 solo estará disponible si el sistema detecta que existe una solicitud de paso 1, revisada de forma favorable. Además, solo aparecerán en el paso 2 las opciones que se correspondan con lo solicitado en el paso 1. Es decir, si en el paso 1 he solicitado 2 días a la semana, en el paso 2 solo mostrará las combinaciones de 2 días a la semana.
Todas las solicitudes que conlleven alguna jornada no presencial deben llevar adjunta necesariamente declaración responsable de compromiso de veracidad y actualización relativa al domicilio desde el que se están prestando servicios no presenciales. En el apartado normativa de la web de SICHO se ha publicado una plantilla para que pueda ser descargada, rellenada y firmada. No obstante, si una misma persona presenta varias solicitudes correlativas, solo se exigirá aportar dicha declaración responsable en la primera de ellas.
2 CONCILIACIÓN PRESENCIAL TOTAL (apartado 9.2 de la Resolución DGFP nº 505/2020)
La tramitación y aprobación de esta Modalidad determinará la asignación inmediata de las especialidades horarias previstas en el citado apartado: la actividad laboral se deberá desarrollar en el periodo horario comprendido entre las 7.00 y las 17.00 horas, pero con criterios de máxima flexibilización horaria, sin sujeción a los límites previstos en el Decreto 78/2007, y en la 2 Resolución nº 669/2019, de 8 de julio, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se establecen medidas complementarias para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral del personal funcionario y laboral de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, manteniéndose, no obstante, la obligatoriedad de la jornada mínima diaria de seis (6) horas, o la que proporcionalmente proceda, en los casos de jornada reducida, en los términos establecidos por la normativa de referencia.
ACLARACIÓN PUNTOS 1 y 2: En el momento de grabar la incidencia solo hay que poner la fecha de comienzo de sus efectos (no hay que indicar una fecha fin).
En el momento de iniciarse la grabación de la incidencia, y una vez seleccionada la fecha desde la que se solicita la Modalidad de que se trate, se mostrará en la parte superior derecha de la pantalla dicha fecha como la de inicio y fin de esa Modalidad. Sin embargo, en cuanto se complete la Solicitud indicando la Modalidad concreta que se solicita y, en caso de Parcial, el número de días no presenciales (Paso1), la información que refleje la pantalla será ya la correcta, figurando como fecha de inicio, la solicitada, y la fecha de fin en blanco. La leyenda que figurará en la pantalla será: +999 días a partir del XX/XX/XXXX.
Una vez aprobada la misma, la modalidad de prestación de servicios autorizada tendrá vigencia bien hasta tanto se grabe y autorice una nueva modalidad de prestación de servicios (en cuyo caso la fecha de inicio de esta nueva modalidad determinará que de forma automática se asigne en el Sistema como fecha fin de la previamente autorizada el día inmediato anterior al de inicio de la nueva modalidad), bien hasta tanto se grabe la incidencia del punto
3 FIN MODALIDAD PRESTACIÓN DE SERVICIOS: este concepto sólo se utilizará cuando la persona viniera prestando servicios en alguna de las modalidades anteriores y pase a prestar servicios presenciales todos los días de la semana con su correspondiente jornada normal de 35 horas semanales con horario de 7 a 17, con control de la parte fija y flexible. Es decir, cuando retorne de forma plena a la actividad presencial, supuesto éste que, como se indicó en la Aclaración que figura al inicio de este documento, es el único que no requiere de tramitación de
incidencia alguna a través de SICHO.
En cuanto a la fecha de la solicitud aclarar que el día que se indica en la incidencia debe coincidir con la fecha en que se inicia nuevamente la prestación del servicio presencial total, dado que ese día mismo día ya se habilita la jornada de 35 horas de 7 a 17 con control de la parte fija y flexible.