En el Boletín Oficial del Estado del 23 de mayo, se publicó el Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

En su Artículo 9 dice: Plazos administrativos suspendidos en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Con efectos desde el 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas.

Por tanto, a partir del próximo 1 de junio se reanudará el plazo que quedaba para que los trabajadores que no lo habían hecho, puedan presentar las solicitudes de acción social correspondientes a la convocatoria de este año.

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Se publica Resolución de la dirección General de la Función Pública por la cual se amplía el plazo de presentación de solicitudes hasta el 10 de junio.

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