La Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, a través de la Dirección General de la Función Pública, en cumplimiento de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales, y con la finalidad de garantizar el derecho de los/as trabajadores/as a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, y concretamente el derecho a la vigilancia periódica de su estado de salud (arts. 14.1 y 22.1 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, en adelante LPRL), ha contratado los servicios consistentes en la prestación de la vigilancia de la salud…

al personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus Organismos Autónomos, a excepción del personal de la Consejería de Sanidad y de la Consejería de Educación y Universidades que preste servicios en los centros educativos, con la entidad UTE Previmac-Preving (BOC núm. 244, de 20 de Diciembre de 2016).

 

Toda la información en la web del empleado público, en el apartado Vigilancia de la Salud 2016-2017

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