Las necesidades urgentes e inaplazables de desempeño temporal de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de carrera, por imposibilidad de que dicho personal lo desempeñase hasta su cobertura definitiva, trajo consigo que, de forma excepcional, se autorizara el nombramiento de personal funcionario interino en puestos de trabajo cuya forma de provisión es la libre  designación.
Dicha situación es legalmente posible, dado que, la forma de provisión de un puesto de trabajo no determina por sí misma la imposibilidad de que intentada su cobertura, en este caso mediante libre designación, no haya sido posible, y sin embargo exista una urgente e inaplazable necesidad de desempeño temporal del puesto.
Sin embargo, es evidente que esta posibilidad ha de configurarse como una excepción dentro del marco de la planificación y gestión de los recursos humanos dado que los puestos cuya forma de
provisión es la libre designación se revisten de las características de especial responsabilidad y confianza (…)

RESUELVO:

Primero. Identificación de los puestos incluidos en el ámbito de esta resolución.
La Dirección General de la Función Pública procederá a la identificación de los puestos de trabajo cuya forma de provisión sea la libre designación y que vengan siendo desempeñados por personal
funcionario interino con anterioridad al día 8 de julio de 2021 poniendo en conocimiento de los Departamentos u Organismos Públicos correspondientes la citada identificación.

Segundo. Incorporación a los procesos selectivos.
La Dirección General de la Función Pública en la identificación inicial que haya de realizar en las convocatorias de selección de personal funcionario de carrera, respecto a los puestos cubiertos
interinamente desde antes del día 8 de julio de 2021, procederá a incluir aquellos cuya forma de provisión sea la libre designación en la convocatoria que proceda por razón del cuerpo, escala o
especialidad, a los efectos de su oferta y adjudicación.
Dicha incorporación se producirá en relación con la Oferta de Empleo Público de Administración General del año 2020 o cualquier otro posterior en la que exista plaza ofertada.

Tercero. Provisión definitiva del puesto mediante libre designación.
1. Una vez identificado el puesto e incorporado a la correspondiente convocatoria, el Departamento u Organismo competente, a lo largo de la ejecución del proceso selectivo a que se refiere el
apartado Segundo de esta resolución, deberá proceder a la convocatoria del correspondiente procedimiento de libre designación para su provisión definitiva.
2. La resolución de la convocatoria de libre designación, produciendo la cobertura definitiva del puesto, dará lugar al cese de la persona interina que lo viniera desempeñando.
3. La convocatoria y resolución de la libre designación deberá producirse con anterioridad a la resolución de la convocatoria de selección en la que se haya incluido el puesto.
4. La convocatoria de la libre designación permitirá que la persona interina permanezca en la relación de interinidad hasta su resolución.
5. En el caso de que la convocatoria quedare desierta, siendo por tanto imposible su provisión definitiva, el puesto se mantendrá incorporado en la convocatoria de selección para su adjudicación.
6. En caso de que la convocatoria de libre designación se resuelve adjudicando el puesto, la Dirección General de la Función Pública modificará la identificación inicial de puestos que hubiere
realizado en la correspondiente convocatoria de selección, excluyéndolo.

Cuarto. Adjudicación del puesto derivado del proceso selectivo.
En el caso de que el puesto cuya forma de provisión sea la libre designación resultase adjudicado, como primer destino, con carácter definitivo, a una persona de nuevo ingreso consecuencia de la
resolución del proceso selectivo, en garantía del derecho a la obtención de dicho primer destino, no podrá procederse al cese discrecional basado en la forma de provisión, hasta tanto no haya
transcurrido el plazo legalmente establecido para poder ejercer el derecho a participar en los procedimientos de provisión de puestos mediante concurso.

Quinto. Difusión.
La presente resolución se publicará en el Portal Web de Personal.
Asimismo, se comunicará a las Secretarías Generales Técnicas y órganos de análoga naturaleza de los Organismos Públicos.

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