Mediante Resolución número 2396/2023, de 27 de septiembre, la Dirección General de la Función Pública dictó un conjunto de instrucciones de carácter vinculante en materia de cese de personal funcionario interino en los supuestos a) y c) del artículo 10.1 del Estatuto Básico del Empleado Público. Dicha Resolución fue modificada puntualmente mediante Resolución 2695/2023, de 23 de octubre.

Mediante Resolución, número 2843/2023, de 7 de noviembre, se dictaron instrucciones vinculantes en materia de cese de personal funcionario interino en el supuesto de la letra b) del artículo 10.1 del Estatuto Básico del Empleado Público. Sin embargo, mediante Resolución número 3075/2023, de 23 de noviembre, se dictaron instrucciones relativas al nombramiento de personal funcionario interino por sustitución de otro personal funcionario interino, siendo oportuno traerlas a colación a este refundido por estar vinculados con
ceses de funcionarios interinos.

Mediante Resolución, número 627/2024, de 15 de febrero, se dictaron instrucciones complementarias en materia de cese del personal funcionario interino en el supuesto de la letra a) del artículo 10.1 del Estatuto Básico del Empleado Público, así como de toma de posesión del personal funcionario de carrera tras su nombramiento.
Tras la celebración de la primera reunión del grupo de trabajo interdepartamental para la coordinación en materia de empleo público, se ha evidenciado la necesidad de dictar la presente resolución a efectos de unificar los criterios establecidos en las citadas resoluciones, permitiendo con ello un mejor manejo de las éstas, en un solo texto, que facilite con ello la gestión de los ceses del personal funcionario interino.

De otra parte, se considera procedente adicionar a través de la presente resolución, criterios relativos al nombramiento de personal funcionario interino en puestos de trabajo cuya forma de provisión es la libre designación.

En efecto, partiendo de la base de que el nombramiento de personal funcionario interino en este tipo de puestos de trabajo ha de considerarse una circunstancia excepcional, dado los criterios de especial responsabilidad y confianza que subyacen en la provisión de estos puestos, y por otro lado, partiendo por esa misma razón que dichos puestos no son objeto de oferta en las convocatorias de procesos de selección, es por lo que resulta necesario establecer una serie de criterios de gestión en relación con el nombramiento de personal funcionario interino para el desempeño temporal de estos puestos.

De conformidad con lo previsto en el artículo 78, letra e) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado mediante Decreto 14/2021, de 18 de marzo, el cual resulta de aplicación en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria única del Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, corresponde a esta Dirección General, el dictado de instrucciones, de carácter vinculante, en materia de gestión del personal al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma.

En virtud de lo anteriormente expuesto, en el ejercicio de las funciones atribuidas,

RESUELVO

Primero. Recopilación de criterios vinculantes de gestión en materia de cese de personal funcionario interino y de nombramiento de personal interino de sustitución de un interino.
En los términos del Anexo de la presente Resolución se unifican los criterios vinculantes dictados por esta Dirección General en materia de cese del personal funcionario interino en los supuestos contenidos en las letras a), b) y c) del artículo 10.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Asimismo, se adicionan criterios de gestión en relación con el nombramiento de personal funcionario interino para el desempeño de puestos de trabajo cuya forma de provisión sea la libre designación.

Segundo. Ineficacia sobrevenida de resoluciones anteriores.
La presente recopilación de criterios deja sin efectos las Resoluciones n.º 2396, de 27 de septiembre de 2023, n.º 2695, de 23 de octubre de 2023, n.º 2843, de 7 de noviembre de 2023, n.º 3075, de 23 de noviembre de 2023 y n.º 627, de 15 de febrero de 2024.

Tercero. Ámbito de aplicación.
Las presentes instrucciones se aplicarán a los nombramientos realizados por la Dirección General de la Administración de Justicia, respecto del personal incluido en los servicios de apoyo a los órganos judiciales, así como los órganos que tengan delegado el nombramiento de funcionarios interinos en virtud de las delegaciones expresas realizadas por la Dirección General de la Función Pública.
En ese sentido deben entenderse las referencias hechas a la Dirección General de la Función Pública en las presentes instrucciones, también realizadas a los órganos señalados en el párrafo anterior respecto de los nombramientos y ceses que vayan a realizar.

Cuarto. Difusión.
La presente Resolución se comunicará a la Secretaría General de la Presidencia, a las Secretarías Generales Técnicas y a los órganos de análoga naturaleza de los Organismos Públicos o Entidades de derecho público vinculadas o dependientes, así como a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.

Quinto. Carácter vinculante.
Los criterios establecidos en la presente Resolución vinculan a los órganos gestores de personal incluidos en su ámbito de aplicación, respecto de los actos que hayan de dictar y de las actuaciones administrativas que hayan de realizar, conforme establece el artículo 78, letra e) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado mediante Decreto 14/2021, de 18 de marzo.

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