Resolución 585/2021, de la Directora General de la Función Pública, por la que se establecen instrucciones específicas respecto al control y seguimiento de la huelga convocada desde las 00:00 horas del día 8 de abril de 2021 hasta las 24:00 horas del día 31 de diciembre de 2021 en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias.

De conformidad con lo previsto en la Resolución de este centro directivo 1016/2018, de 26 de noviembre, por la que se dictan instrucciones a los órganos competentes en materia de gestión de personal para la determinación de los servicios mínimos en las convocatorias de huelga, así como para su control y seguimiento en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 78 letra e) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado por Decreto 14/2021, de 18 de marzo,

RESUELVO

Establecer, con carácter vinculante, las siguientes instrucciones específicas respecto a la huelga convocada entre las 00:00 horas del día 8 de abril de 2021 hasta las 24:00 horas del día 31 de diciembre de 2021, para los días 15, 26, 27, 28 y 29 de abril de 2021; 13, 24, 25, 26 y 27 de mayo de 2021; 10, 21, 22, 23 y 24 de junio de 2021; 15, 26, 27, 28 y 29 de julio de 2021; 12 de agosto de 2021; 16, 27, 28, 29 y 30 de septiembre de 2021; 14, 25, 26, 27 y 28 de octubre de 2021; 11, 22, 23, 24 y 25 de noviembre de 2021; 16, 27 y 28 de diciembre de 2021.

Información para el personal que secunde la huelga: No existe deber de comunicar, en ningún momento, la opción de secundar la huelga. No obstante, y a los únicos efectos de realizar un adecuado seguimiento de la misma, podrán reflejar el ejercicio de su derecho a través de la web SICHO:
A) Para el caso de huelga 24 horas, en la pestaña “Mis solicitudes”, en el concepto que se habilitará a tales efectos.
B) En los días de paros parciales podrán optar, bien por fichar la salida a la hora en la que inicien el paro, bien presentando una incidencia en la pestaña “Mis permisos e incidencias”, en el concepto que se habilitará a tales efectos.

Información para el personal que no secunde la huelga:

2.1.- Momentos de realización de los controles presenciales de seguimiento.

A) Los días de la convocatoria de jornada completa de huelga (26, 27, 28 y 29 de abril de 2021; 24, 25, 26 y 27 de mayo de 2021; 21, 22, 23 y 24 de junio de 2021; 26, 27, 28 y 29 de julio de 2021; 27, 28, 29 y 30 de septiembre de 2021; 25, 26, 27 y 28 de octubre de 2021; 22, 23, 24 y 25 de noviembre de 2021; 27 y 28 de diciembre de 2021) deberán llevarse a cabo los controles presenciales de seguimiento en los siguientes intervalos de tiempo:
– Entre las 10 y las 10,15 horas
– Entre las 13 y las 13,15 horas
– Entre las 16 y las 16,15 horas

B) Los días de la convocatoria de paros parciales (15 de abril de 2021, 13 de mayo de 2021, 10 de junio de 2021, 15 de julio de 2021, 12 de agosto de 2021, 16 de septiembre de 2021, 14 de octubre de 2021, 11 de noviembre de 2021 y 16 de diciembre de 2021) deberán llevarse a cabo los controles presenciales de seguimiento en los siguientes intervalos de tiempo:
– Entre las 12 y las 12,15 horas.

2.2.- Controles de seguimiento en jornadas presenciales
Los controles de seguimiento del personal que preste servicios presenciales se podrán llevar a cabo a través del Sistema Integral de Control Horario, en los días y tramos horarios mencionados (Instrucción 8ª y 9ª de la Resolución 1016/2018), en alguna de las siguientes modalidades:
a) mediante un fichaje en los terminales de los centros de trabajo seleccionando la opción “control presencial”.
b) mediante fichaje a través de la app móvil Geogestión Horaria seleccionando la opción “control presencial”.
c) Accediendo a la web SICHO, pestaña “Mis Permisos e Incidencias”, opción 23 Control presencial. En este caso, el sistema grabará automáticamente la hora en que se realiza el control sin necesidad de revisión ni aprobación por parte del gestor.
Respecto de aquellas unidades, centros o servicios en las que su personal no disponga de ninguno de los medios mencionados, se estará a las instrucciones específicas que dicten las Secretarías Generales Técnicas y órganos equivalentes de los Organismos Públicos para el control presencial en soporte papel (Instrucción 10ª de la Resolución 1016/2018).

2.3.- Controles de seguimiento en jornadas no presenciales
El personal que preste servicios en modalidad no presencial realizará los controles de seguimiento mediante fichaje con la app móvil o directamente en la web de SICHO en los términos indicados en los apartados b) y c) anteriores.

3º Para el resto de las cuestiones no previstas en esta Resolución se estará a lo dispuesto en la Resolución de la Dirección General de la Función Pública nº 1016/2018, de 26 de noviembre, por la que se dictan instrucciones a los órganos competentes en materia de gestión de personal para la determinación de los servicios mínimos en las convocatorias de huelga, así como el control y seguimiento en el ámbito de Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias.

La Directora General de la Función Pública
Laura María Martín Pérez