En el Boletín Oficial del Estado del 23 de mayo, se publicó el Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
En su Artículo 9 dice: Plazos administrativos suspendidos en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Con efectos desde el 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas.
Por tanto, a partir del próximo 1 de junio se reanudará el plazo que quedaba para que los trabajadores que no lo habían hecho, puedan presentar las solicitudes de acción social correspondientes a la convocatoria de este año.
Se publica Resolución de la dirección General de la Función Pública por la cual se amplía el plazo de presentación de solicitudes hasta el 10 de junio.