La Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018, regula dos procesos excepcionales y tasados para la consolidación y estabilización del empleo en el sector público, dependiendo de que las plazas, las cuales deben estar dotadas presupuestariamente en ambos casos, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpida desde una fecha anterior al 1 de enero de 2005, o al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2017.
De la resolución de estos procesos no podrá derivarse, en ningún caso, incremento de gasto ni de efectivos, debiendo ofertarse en estos procesos, necesariamente, plazas de naturaleza estructural que se encuentren desempeñadas por personal con vinculación temporal.
Los procesos de consolidación y estabilización podrán generar LISTA DE RESERVA en atención a las necesidades de efectivos que esta Administración tiene, todo ello con quienes hayan superado el proceso selectivo, y excedan del número de plazas convocadas, y así se indicaran en las Bases Específicas que regulen cada uno de los procedimientos extraordinarios de selección.
La Administración dispone de un plazo máximo de tres (3) años para convocar los procesos selectivos derivados de estas Ofertas de Empleo Público, una vez aprobadas y publicadas en el Boletín Oficial de Canarias.
Superado el proceso selectivo de que se trate se obtendrá la condición de fijo con vinculo funcionarial o laboral.

OFERTA EMPLEO PÚBLICO DE CONSOLIDACIÓN

La Oferta de Empleo Público de Consolidación se efectúa con las plazas/puestos a las que se refiere la DT 4ª del TREBEP (Texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público) y que exige que las mismas estén dotadas presupuestariamente y se encuentren desempeñados interina o temporalmente con anterioridad a 1 de enero de 2005.
En la tabla adjunta se indican los códigos de puestos que se incluirán en la Oferta de Empleo Público de Consolidación (según Relaciones de Puestos de Trabajo vigentes a 27 de noviembre de 2020).
La información ofrecida es meramente indicativa y no vincula a la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias para la toma de decisiones que afecten a su personal, no pudiendo por tanto ser invocada como fuente de reconocimiento de derechos.

OFERTA EMPLEO PÚBLICO DE ESTABILIZACIÓN

La Oferta de Empleo Público de Estabilización se efectúa con las plazas que estando dotadas presupuestariamente hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los TRES AÑOS anteriores a 31 de diciembre de 2017 (artículo 19.Uno 9 de la Ley 6/2018 de 3 de Julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018).
Por tanto, los criterios que se han seguido para determinar las plazas objeto de la Oferta de Empleo Público de Estabilización son:
– Plazas que vengan siendo ocupadas temporalmente y de forma ininterrumpida durante los tres años anteriores al 31 de diciembre de 2017.
– Se considera como ininterrupción el periodo no superior a los seis meses comprendido desde el cese y una nueva contratación o nombramiento.
– Se incorporan las plazas con acumulación de nombramientos y contratos consecutivos siempre que reúnan los requisitos generales establecidos.
– Las plazas ofertadas deberán estar dotadas económicamente.
– Las plazas ocupadas a tiempo parcial serán ofertadas a tiempo parcial y en iguales condiciones a como se están ejecutando.

En la tabla adjunta se indican los códigos de puestos que se incluirán en la Oferta de Empleo Público de Estabilización (según Relaciones de Puestos de Trabajo vigentes a 27 de noviembre de 2020).
La información ofrecida es meramente indicativa y no vincula a la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias para la toma de decisiones que afecten a su personal, no pudiendo por tanto ser invocada como fuente de reconocimiento de derechos.

Los listados tanto de consolidación como de estabilización puedes consultarlos en la web del empleado público.