Ante las múltiples consultas formuladas en relación con la constitución de listas de empleo respecto de los procesos selectivos en marcha, se informa lo siguiente.
La disposición adicional 38ª de la Ley 7/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2024 establece que las listas de empleo que se
constituyan por parte de la Dirección General de la Función Pública en el año 2024, dimanantes de procesos selectivos para el ingreso bajo la condición de personal funcionario de carrera, se
integrarán por quienes hayan superado al menos el primer ejercicio obligatorio y eliminatorio de la fase de oposición, de acuerdo con los principios de mérito y capacidad.
Ahora bien, los procesos selectivos, actualmente en ejecución, derivados de la Oferta de Empleo Público de 2019, establecen en sus convocatorias (bases específicas) que las listas de empleo
se constituirán respecto de quienes hayan manifestado su voluntad de formar parte de éstas, en la solicitud de participación, sin la obligación de tener que superar el primer ejercicio.
Debiendo respetarse por tanto lo establecido en tales convocatorias, por ser sus bases específicas, la ley del procedimiento, las listas de empleo que durante el año 2024 se constituyan
respecto de tales convocatorias de la Oferta de Empleo Público de 2019, se constituirán con arreglo a sus bases específicas.
Por su parte, las convocatorias realizadas el 13 de diciembre de 2023 (Boletín Oficial de Canarias) correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2020, establecen en sus bases específicas que las listas de empleo que se constituyan se harán conforme a lo que disponga la normativa vigente en el momento de constituirse la lista de empleo.
De constituirse tales listas durante el año 2024, sí se sería de aplicación a estas convocatorias lo previsto en la citada disposición adicional 38ª de la Ley 7/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias.
En conclusión:
1º.- Las listas de empleo de las convocatorias correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2019, actualmente en ejecución, se constituirán con arreglo a lo previsto en sus bases
específicas (no existe obligación de superar el primer ejercicio).
2º.- Las listas de empleo de las convocatorias correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2020 (convocatorias realizadas el 13 de diciembre de 2023) se constituirán con arreglo a lo que disponga la normativa vigente en el momento de iniciarse el proceso de constitución de la lista de empleo, una vez celebrado el proceso selectivo.
De llevarse a cabo este proceso de constitución de la lista de empleo en el año 2024 será de aplicación la exigencia de superar al menos el primer ejercicio conforme establece la citada disposición adicional 38ª de la Ley 7/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA