Habida cuenta de las competencias concurrentes que, en materia de Prevención de Riesgos Laborales establece el Artículo 12, el Decreto 168/2009, de 29 de diciembre, de adaptación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus Organismos Autónomos, se hace necesario dictar esta instrucción de aplicación en el ámbito de Administración General y Justicia, que viene a completar las resoluciones y comunicaciones efectuadas hasta la fecha y siempre bajo el principio de protección a la salud de los empleados públicos del Gobierno de Canarias, motivadas por la incidencia del COVID 19. En este sentido, cada uno de los Servicios de Prevención, contemplados en el artículo 7 del citado Decreto 168/2009, deberán adaptar las presentes instrucciones según su propia organización preventiva.

En el escenario actual de transmisión comunitaria sostenida generalizada es crucial mantener la capacidad de respuesta de todos los sectores económicos cuya actividad continúa, entre ellos, los que aseguran la prestación de servicios esenciales a la comunidad. La modificación de esta Instrucción responde a la actualización que hace el Ministerio de Sanidad del Procedimiento de actuación para los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales frente a la exposición al Coronavirus (SARS-COV-2) de 26 de marzo de 2020, vinculado a la Orden SND/232/2020, de 15 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

En base a la citada actualización del Ministerio de Sanidad, de 26 de marzo de 2020, el Servicio de Prevención Ajeno Preving Consultores, con el que se tiene concertada la especialidad de Vigilancia de la Salud (en adelante GRUPO PREVING), colaborará con los Servicios Públicos de Salud en la Gestión de la Incapacidad Temporal

Por todo ello, se dictan las presentes Instrucciones, que dejan sin efecto las Instrucciones de la Dirección General de Función Pública, de 20 de marzo de 2020.