Se cumple casi un año desde la publicación del Decreto 74/2023, de 11 de mayo, por el que se regula la prestación de servicios en la modalidad de teletrabajo del personal empleado público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, pero no será hasta el 5 de febrero del 2024 cuando, tras la solicitud de las cinco Organizaciones Sindicales con representación en la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, cuando se constituye y reúne por primera vez el Grupo de Trabajo de Seguimiento y Evaluación del Teletrabajo (GTSyET) cumpliendo lo establecido en el Reglamento.

En esa primera reunión del GTSyET, las Organizaciones Sindicales tienen la oportunidad de trasladar a la Administración las irregularidades detectadas en algunos Centros Directivos relacionadas con la aplicación del Decreto e implantación del Teletrabajo en nuestra Administración, contraviniendo en muchos casos lo establecido en dicho Reglamento, fundamentalmente en las Resoluciones de denegación emitidas de forma general, que pueden afectar a todo un Departamento o la inadecuada utilización de ausencia del Plan Personal de Trabajo o la imposibilidad de evaluación del mismo.

Una de las funciones primordiales de este Grupo de Trabajo, establecidas en el Decreto, son la evaluación y seguimiento de los resultados en relación a la implantación del teletrabajo en nuestra Administración, por lo que es imprescindible conocer la realidad actual con datos cuantitativos y cualitativos, días autorizados, porcentajes, tipo de Resoluciones y sentido de las mismas etc…

La Administración se compromete, en la primera sesión de trabajo, a solicitar la información necesaria a todos los Departamentos, en aras de elaborar un informe completo de la situación que permita proceder con la evaluación y seguimiento del teletrabajo, así como a remitir, de oficio, un recordatorio del obligado cumplimiento de los criterios establecidos en el Decreto, a todas las Secretarías Generales Técnicas de todos los Departamentos, así como Secretarías Generales de Organismos Autónomos y demás entidades públicas dependientes.

Destacar a la Agencia Tributaria Canaria (ATC), como Departamento sin ninguna autorización de teletrabajo entre sus trabajadores, justificando la ausencia de autorizaciones por problemas de seguridad.

Transcurridos dos meses, con sus correspondientes sesiones de reunión del Grupo de Trabajo, la última con fecha 5 de abril del 2024, la Administración sigue solicitando más tiempo para analizar los datos y poder remitir un informe perfectamente depurado y lo más completo posible.
En Intersindical Canaria seguimos observando las mismas irregularidades en la aplicación de la norma con Resoluciones de denegación por razones organizacionales sin motivar adecuadamente, generales para un Centro Directivo o por imposibilidad de evaluar el Plan Personal de Trabajo. Por todo ésto consideramos que los avances son lentos e insuficientes y así lo hemos transmitido.

En la última reunión del Grupo de Trabajo , el Viceconsejero de Administraciones y Transparencia, se ha comprometido a solicitar de forma urgente reunión con la Directora General de la Agencia Tributaria Canaria para trasladarle las conclusiones de este grupo de trabajo, aclarar la situación del Departamento en relación a la implantación del teletrabajo en la Agencia, valorar sus explicaciones y recordar la obligación del estricto cumplimiento de los criterios establecidos en el Decreto.

Se aclara además que a pesar de las Instrucciones o Resoluciones que se hayan podido dictar por los Centros Directivos, acotando futuras autorizaciones o sugiriendo la reversión de las ya concedidas, o denegando el segundo día de teletrabajo de forma generalizada, los empleados públicos pueden volver a solicitar cuantas autorizaciones consideren oportunas.

Por ello animamos a todos los empleados públicos que tengan interés en realizar una o varias jornadas laborales en la modalidad de trabajo a distancia, soliciten por primera vez o de nuevo hasta 3 días a la semana de teletrabajo siguiendo el procedimiento establecido en el Decreto.