Ante la situación derivada del escenario de Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional declarada por la OMS, a consecuencia de un brote del nuevo coronavirus (SARS-Cov-2) que da lugar al Covid-19, se ha exigido la adopción por parte de las autoridades de salud pública de un conjunto de medidas extraordinarias dirigidas a la población general.
Los empleados y empleadas de la Administración Pública de Canarias se han visto afectados por la publicación de una serie Instrucciones destinadas a salvaguardar su salud y garantizar la adecuada prestación de servicios y que pueden modificar el modo en que desarrollan su actividad laboral diaria.
Este documento pretende ser una herramienta de consulta rápida de todas esas Instrucciones, y resolver cuestiones que se puedan plantear en el desarrollo del trabajo de los empleados y empleadas de la Administración Pública de Canarias, derivadas de la situación de riesgo por el Covid-19, en el que se incluirán actuaciones por caso posible, modalidades de prestación de servicio, Instrucciones de actuación y solicitudes.
Además encontrarás accesos directos a otros portales con información sencilla y didáctica de cada uno de los puntos tratados, medidas preventivas, consejos, normativa etc.
En el trabajo recuerda siempre…
- Respetar los aforos (máximo 4 personas en 10m2)
- Mantener la distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros.
- Usar mascarilla o el equipo de protección establecido.
- Ventilar con frecuencia despachos, baños, salas y vestuarios.
- Evitar el office y la sala de descanso, mejor salir al exterior.
- Usar preferentemente la escalera en vez del ascensor.
- Al comer, mantener las distancias y evitar el cara a cara (mejor en zigzag).
- No compartir comidas, vasos o cubiertos con los compañeros.
CASOS POSIBLES POR COVID-19
CONCILIACIÓN POR CIERRE DE CENTROS EDUCATIVOS O DE MAYORES A CARGO DEL EMPLEADO PÚBLICO. INSTRUCCIONES SOLICITUD
PERSONAL ESPECIALMENTE SENSIBLE AL COVID-19. INSTRUCCIONES SOLICITUD
MODALIDADES DE PRESTACION DE SERVICIOS. INSTRUCCIONES DE SOLICITUD.
NORMATIVA DE APLICACIÓN
ENLACES A TODA LA INFORMACIÓN SOBRE EL CORONAVIRUS
NIVELES ALERTA. TABLA RESUMEN DE MEDIDAS PREVENTIVAS
CASOS POSIBLES POR COVID-19
Aunque es numerosa la información sobre los riesgos derivados de la presencia del Covid-19 en nuestro entorno, en ocasiones nos encontramos en determinadas situaciones que nos generan dudas sobre como actuar en nuestro trabajo, si tenemos síntomas compatibles, somos contacto estrecho o una persona de nuestro entorno familiar o laboral está confinado.
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Contacto estrecho
- Cualquier persona que haya proporcionado cuidados a un caso o haya estado en contacto con sus secreciones y fluidos: personal sanitario o sociosanitario que NO haya utilizado las medidas de protección adecuadas, miembros familiares o personas que tengan otro tipo de contacto físico similar o cualquier persona que haya manipulado muestras biológicas sin las
debidas medidas de protección. - De forma general, a nivel comunitario, se considerará contacto estrecho a cualquier persona que haya estado en el mismo lugar que un caso, a una distancia menor de 2 metros y durante un tiempo total acumulado de más de 15 minutos en 24 horas. En entornos en los que se pueda hacer una valoración del seguimiento de las medidas de prevención, incluido el uso correcto y continuado de la mascarilla, podrá realizarse una valoración individualizada por el servicio de prevención de riesgos laborales o el responsable que sea designado para ese fin.
- En el contexto de los centros educativos, se seguirá lo establecido en la Guía de actuación ante la aparición de casos de COVID-19 en centros educativos.
Norma reguladora:
Apdo 5.1 Procedimiento para la implantación de medidas de prevención de Riesgos Laborales frente al riesgo de exposición al SARS-CoV-2. (Ed. 6)
Qué hacer si he dado positivo o tengo síntomas compatibles con COVID-19
- No debes acudir a tu centro de trabajo
- Si ya estás en tu centro de trabajo, colócate una mascarilla quirúrgica nueva y abandona el centro.
- Comunica la situación a tu responsable para que de traslado al órgano de personal.
- Llama al teléfono específico para el COVID 900.112.061
- Haz una lista de tus posibles contactos estrechos (laborales), y comunícala a tu responsable
- Considera los dos días previos a dar síntomas.
- Ten en cuenta la definición de contacto estrecho.
- Cuanta más información mejor, indica a tu servicio de personal fecha y forma de contacto (reunión, desayuno, charla, otros…).
Norma reguladora
Aptos 3.2;3.3 Resolución 313/2020, de 12 de marzo de la DGFP.
Qué hacer si una persona de mi entorno familiar o laboral ha dado positivo por COVID-19
- Si cumples la condición para ser considerado contacto estrecho, se te pautará aislamiento y los servicios sanitarios del SCS determinarán si debe realizarse alguna prueba diagnóstica (PDIA).
- Comunica la situación de forma inmediata a tu responsable para que de traslado al órgano de personal.
- De forma preventiva, prepara una lista de tus posibles contactos estrechos (laborales) en los dos días previos a tu último acceso al centro de trabajo, y comunícala a tu responsable. Hasta que el resultado de la PDIA sea positivo no es necesario gestionar este listado:
- Ten en cuenta la definición de contacto estrecho
- Cuanta más información mejor, indica a tu servicio de personal fecha y forma de contacto (reunión, desayuno, charla, otros…).
- Informa a tu responsable o servicio de personal de forma inmediata
- Si además de ser contacto estrecho tienes síntomas. (pasas a ser sospechoso)
- Si tu cita para la PDIA se retrasa o no te dan cita.
Las personas que hayan tenido una infección por SARS_coV-2 confirmada por PCR en los 3 meses anteriores al contacto estrecho estarán exentos de hacer cuarentena.
Norma reguladora
Instrucciones para la protección del personal especialmente sensible y para el estudio y manejo de casos compatibles con COVID-19, Apdo 3.4
Una persona de mi entorno familiar/social es contacto estrecho de un caso
- No se contempla la figura de contacto estrecho de un contacto estrecho. Hasta que esa persona no obtenga resultados de su PDIA y éste sea positivo, no se te considera contacto estrecho.
- Sin perjuicio de que extremes las precauciones mientras tanto, y reduzcas las interacciones sociales por cautela.
- Mientras se esté en esta situación, prevalecerán las indicaciones del SCS respecto a la necesidad de aislamiento y/o de realizarse PDIA. Algunos ejemplos de esta situación serían:
- Menores en centros educativos que han sido aislados por un caso en su grupo.
- Persona conviviente que ha sido aislada por un caso en otro ámbito no común (laboral, ocio, transporte)
- Si aparecen síntomas antes de conocer los resultados de la otra persona, pasas a ser caso sospechoso por tener síntomas.
Solicitud y acreditación en casos posibles por COVID-19
- Si te encuentras en aislamiento preventivo la solicitud se realizará en SICHO en el apartado de Mis solicitudes, concepto “COVID-19 DEBER INEXC AISLAMIENTO PREV” y se acreditará, de manera provisional, mediante la presentación de una declaración responsable indicando las circunstancias concurrentes en cada caso, hasta tanto se establezcan otros mecanismos de control.
- Cuando por la naturaleza de las funciones a realizar fuera posible, se aplicará a este personal la modalidad de teletrabajo en los términos y condiciones previstos en el apartado 5.1 de la Resolución 323/2020. En estos casos será de aplicación la modalidad de fichaje a través de la app móvil desarrollada en la Instrucción tercera.
- Si el resultado es la confirmación por infección de Covid-19 se pasará a situación Incapacidad Temporal (IT).
Norma reguladora
Aptos 3.5;3.6 Resolución 313/2020, de 12 de marzo de la DGFP.
Aptos 3.6 Resolución 323/2020, de 13 de marzo de la DGFP.
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE CASOS POSIBLES POR COVID-19
Consulta el documento ACTUACIONES DEL EMPLEADO PÚBLICO EN CASOS POSIBLES DEL COVID-19
CONCILIACIÓN POR CIERRE DE CENTROS EDUCATIVOS O DE MAYORES A CARGO DEL EMPLEADO PÚBLICO. INSTRUCCIONES SOLICITUD
El personal que tenga a su cargo menores o mayores dependientes que pudieran verse afectados por el cierre de centros educativos o de mayores, les será de aplicación las siguientes medidas, por el tiempo que las autoridades competentes determinen y de acuerdo con las instrucciones de sus respectivos órganos de personal.
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Consultar Medidas
- Flexibilización de la jornada laboral, sin sujeción a los límites previstos en la Resolución 669/2019, de 8 de julio, de la Dirección General de la Función Pública por la que se establecen medidas complementarias para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral del personal funcionario y laboral de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Se permitirá la permanencia del personal en su domicilio, teniendo la consideración de deber inexcusable de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 j) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. La solicitud se realizará en el apartado de “mis solicitudes” concepto “COVID-19 DEBER INEXCUSABLE CONCILIACION” y se acreditará sólo cuando el trabajador/a no tuviera ya autorizada alguna medida de conciliación por menor de 14 años o persona de avanzada edad a su cargo, en caso contrario, se podrá justificar de forma provisional mediante la presentación de una declaración responsable, sin prejuicio de que los servicios de personal requieran otra información complementaria.
- En el caso de que ambos progenitores del menor o responsables del mayor dependiente tengan la condición de personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, no podrán disfrutar de estas medidas simultáneamente.
Norma reguladora:
- Aptos 3.8 Resolución 313/2020, de 12 de marzo de la DGFP.
- Aptos 3.8 Resolución 323/2020, de 13 de marzo de la DGFP.
PERSONAL ESPECIALMENTE SENSIBLE AL COVID-19. INSTRUCCIONES SOLICITUD
El Ministerio de Sanidad establece que, debe evitarse la exposición de los trabajadores/as que, en función de sus características personales o estado biológico conocido, debido a patologías previas, medicación, trastornos inmunitario, sean considerados especialmente sensibles a este riesgo.
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Grupo vulnerable para Covid-19
- Personas con enfermedad cardiovascular, incluida hipertensión
- Enfermedad pulmonar crónica
- Diabetes
- Insuficiencia renal crónica
- Inmunodepresión, cáncer en fase de tratamiento activo
- Enfermedad hepática crónica severa
- Obesidad mórbida (IMC>40)
- Embarazo
- Mayores de 60 años
Nota: Se requiere valoración por parte de personal médico de tu situación concreta. Se realizará una adaptación del puesto de trabajo por el Órgano de Personal o el GRUPO PREVING indicará medidas adicionales para llevarlo a cabo.
Adaptación del puesto de trabajo
Las medidas preventivas que se pueden aplicar para adaptar el puesto de trabajo son las siguientes:
- Asignación de trabajo de forma no presencial (Teletrabajo).
- En caso de no ser posible, evitación de trabajo en contacto con público en general.
- En caso de ser necesario contacto con público de manera presencial, asegurar que se cumpla la distancia de seguridad.
- Si esto no es posible ampliar la distancia al máximo posible asegurando que no se sobre pase el tiempo establecido con cada persona de 15 minutos como máximo, y dotando además de los EPIS necesarios que eviten el contacto con el virus, como mascarilla, guantes…
- Además de evitación de trabajo en contacto con el público hay que asegurar mismas medidas para contacto con otros trabajadores (aumentar distancia, no sobrepasar el tiempo y dotar de EPIS).
- Extremar siempre todas las medidas higiénicas que se determinen desde el Ministerio de Sanidad para el caso y que son evolutivas según cambie la situación.
Personal especialmente sensible (TES)
Cuando no sea posible aplicar medidas de adaptación del puesto de trabajo enumeradas en apartado anterior el trabajador/a pasara a ser considerado:
PERSONAL ESPECIALMENTE SENSIBLE para Covid-19 según la nueva nomenclatura del Ministerio de Sanidad SOLO SI TU PUESTO DE TRABAJO NO SE PUEDA ADAPTAR EN NINGUN CASO. Será el GRUPO PREVING quien emitirá certificado a la persona trabajadora para que tramite la Incapacidad Temporal (IT).
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE PERSONAL ESPECIALMENTE SENSIBLE AL COVID-19
Consulta el documento INSTRUCCIONES PARA LAS PERSONAS TRABAJADORAS ESPECIALMENTE SENSIBLES (TES) AL COVID-19
MODALIDADES DE PRESTACION DE SERVICIOS. INSTRUCCIONES DE SOLICITUD.
El 19 de Mayo del 2020 se publica la Resolución 505/2020 con objeto de regular las distintas modalidades con las que a partir del 25 de mayo del 2020 se podrá desarrollar la prestación de servicios por parte del personal de la Administración Autonómica Canaria, garantizando tanto la actividad administrativa como los derechos de los empleados/as públicas con medidas encaminadas a favorecer la conciliación familiar.
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Exclusiones
Quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta Resolución, que se regirán por su normativa específica:
- Personal al servicio de la Administración de Justicia
- Personal docente no universitario que presta servicios en centros educativos
- Personal estatutario adscritos al SCS
Modalidades de trabajo
Las modalidades de trabajo serán presenciales, no presenciales y mixtas, su aplicación de carácter estrictamente individual teniendo en cuenta la garantía del servicio, medidas organizativas así como las preferencias del empleado/a.
Las distintas modalidades de trabajo reguladas por esta Resolución tendrán determinadas especialidades en los supuestos en que se aleguen o acrediten razones de Conciliación familiar y siempre que sea compatible con la naturaleza del trabajo desempeñado, se priorizará la prestación de los servicios en modalidades no presenciales.
En el siguiente enlace podrás encontrar la información relativa a las características y requisitos para todas las modalidades de trabajo, como realizar las solicitudes así como una tabla resumen con los requisitos y documentación necesaria. También encontrarás un acceso directo a la normativa de aplicación.
Modalidades de prestación de servicios
Norma Reguladora:
Resolución 505/2020 del 19 de mayo, de la DGFP.
NORMATIVA DE APLICACIÓN
Instrucciones de medidas a adoptar en los centros de trabajo con motivo del COVID-19
ENLACES A TODA LA INFORMACIÓN SOBRE EL CORONAVIRUS
Además de acceso directo a la información actualizada del Ministerio de Sanidad y Dirección General de Salud Pública del Gobierno de Canarias y su situación en Canarias:
Información sobre el nuevo CORONAVIRUS
Información sobre el nuevo CORONAVIRUS (infografía)
NIVELES ALERTA. TABLA RESUMEN DE MEDIDAS PREVENTIVAS
Información del GOBIERNO DE CANARIAS
El Gobierno de Canarias, con el objetivo de transmitir toda la información con la mayor transparencia, tiene activada una línea telefónica de carácter gratuito para resolver todas las dudas relacionadas con el coronavirus.
A través del teléfono 900 112 061 un equipo de Enfermería, bajo la coordinación del Servicio de Urgencias Canario, atenderá las solicitudes de información de la ciudadanía sobre medidas de prevención, posibilidades de contagio y falsos conceptos relacionados con el virus.
Noticias COVID
Resolución e Instrucciones actuaciones ante el Coronavirus
Publicada Resolución e instrucciones de actuaciones ante el Coronavirus
Solicitud de medidas de prevención en relación al COVID-19
Intersindical Canaria ha solicitado a Función Pública que adopte las medidas de prevención y control necesarias en relación a la declaración de Pandemia por Coronavirus realizada por la Organización Mundial de la Salud.