Función Pública ha hecho llegar dos comunicados a las Secretarías Generales sobre dos asuntos:

1. Conciliación.- El personal al servicio de la Administración General dispondrá de un crédito horario anual para la conciliación de su vida personal, familiar y laboral, que podrá utilizarse en aquellos casos en que los permisos previstos en la legislación vigente, acuerdos, pactos y convenios, o en las Resoluciones de la Dirección General de la Función Pública no prevean una determinada necesidad de conciliación o bien previéndolo su duración no sea suficiente.

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2. Vacaciones y asuntos particulares. Con carácter excepcional, las personas titulares de los centros directivos con competencia en materia de concesión de vacaciones de su personal podrán autorizar su disfrute, en todo o en parte, fuera del período establecido anteriormente, garantizando en todo caso el debido respeto del derecho al descanso anual, y con la conformidad expresa de la persona.

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