La Dirección General de la Función Pública está implementando un conjunto de medidas dirigidas a la modernización y la mejora en la calidad, la transparencia y la eficiencia de los procesos de selección de personal funcionario de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Entre dichas medidas, mediante Resolución de 8 de marzo de 2024 se ha establecido un Censo Público de datos de personal funcionario de carrera que voluntariamente manifiesten su voluntad de participar como miembros de tribunales calificadores en los citados procesos selectivos.

Esta resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Canarias, número 60, de 22 de marzo de 2024.

Por otro lado, también se ha dictado la Resolución número 1449/2024, de 8 de abril, por la que se establecen un conjunto de directrices para la designación de los tribunales calificadores en relación con el nivel de titulación académica, área de conocimiento y clasificación profesional de quienes conformen los tribunales calificadores.

Esta resolución puede ser consultada en la página web de la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias https://www.gobiernodecanarias.org/administracionespublicas/funcionpublica/ en el apartado “Censo de Tribunales Calificadores”

Hasta tanto la Dirección General de la Función Pública desarrolle y ponga en funcionamiento un aplicativo a través del cual gestionar el citado Censo de Tribunales Calificadores, se considera conveniente articular un procedimiento por el que las personas interesadas puedan manifestar a este Centro Directivo su voluntad de formar parte de los tribunales de selección que hayan de designarse.

A través de las medidas expuestas lo que se pretende es que la designación de las personas que conformen los tribunales se realice de forma:

Pública y transparente.

Objetiva e imparcial

Por sorteo

A voluntad de las personas que manifiesten su intención de colaborar en la conformación de los tribunales calificadores.

Cuenten con el nivel y tipo de titulación académica adecuada, la clasificación profesional legamente exigible y en su caso la especialización de su conocimiento para una adecuada valoración de las pruebas selectivas.

En virtud de lo anteriormente expuesto, SE ANUNCIA:

Primero. Personal destinatario.

1. Este anuncio se dirige a las siguientes personas:

Personal funcionario de carrera de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de sus Organismos Públicos.

Personal funcionario de carrera de cualquier otra Administración Pública radicada en Canarias y de sus Organismos Públicos.

Personal funcionario de carrera de las Universidades Públicas de Canarias.

Personal estatutario fijo del sistema nacional de salud.

Personal funcionario de los Cuerpos Docentes Universitarios y No Universitarios

Personal funcionario de la Carrera Judicial, de Fiscalía y de los otros Cuerpos funcionariales de la Administración de Justicia.

2. El personal destinatario de este anuncio debe pertenecer a un Cuerpo, Escala o Especialidad del Grupo A o del Grupo C, Subgrupo C1 de personal funcionario.

3. Las personas interesadas deben encontrarse en situación de servicio activo u otra situación administrativa que le permita participar como miembro de un tribunal calificador atendiendo especialmente a su régimen de incompatibilidades o prohibiciones.

4. De acuerdo con la legislación vigente no podrán formar parte de este Censo, el personal de elección o de designación política, personal funcionario interino, personal laboral y personal eventual.

Segundo. Información relevante.

A fin de facilitar una información clara y concisa sobre la posibilidad de formar parte de los tribunales calificadores y poder tomar la decisión de manifestar la voluntad de formar parte del Censo, existe una Guía de Información sobre Censo de Tribunales Calificadores disponible en el enlace web:

https://www.gobiernodecanarias.org/administracionespublicas/funcionpublica/acceso/censo_tribunales

Tercero. Manifestación de voluntad.

Quienes deseen manifestar su voluntad de formar parte del Censo de Tribunales para su posible designación como miembro de un tribunal calificador encontrarán en la Guía Informativa la dirección de correo a la que poder dirigirse, así como un modelo estandarizado.

Cuarto. Plazo.

Las personas interesadas podrán manifestar su voluntad en cualquier momento no estando sujeto a plazo alguno.