Esta Resolución tiene por objeto establecer el marco de creación y gestión de bolsas de trabajo para realizar nombramientos de funcionarios interinos de los Cuerpos Administrativo y Auxiliar de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, con la finalidad de atender las necesidades de servicio derivadas de la aprobación de distinta normativa tendente a paliar los efectos que se han derivado de la crisis provocada por el COVID-19 (…).

Se constituyen con carácter excepcional y hasta la aprobación de las nuevas listas de empleo, las siguientes bolsas de trabajo:
1. Una bolsa de trabajo para realizar nombramientos de funcionarios interinos del Cuerpo Administrativo de la que formarán parte las personas que superaron el primer ejercicio de las pruebas selectivas convocadas por la citada resolución de 10 de abril de 2018, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Administrativo (Grupo C, Subgrupo C1), de la Administración Pública de la Cionunidad Autónoma de Canarias.
2. Una bolsa de trabajo para realizar nombramientos de funcionarios interinos del Cuerpo Auxiliar de la que formarán parte las personas que superaron el primer ejercicio de las pruebas selectivas convocadas por la citada resolución de 11 de Abril de 2018, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Auxiliar (Grupo C, Subgrupo C2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. (…)

El llamamiento para el nombramiento de funcionarios interinos se efectuará por riguroso orden de mayor puntuación alcanzada en el primer ejercicio de la fase de oposición en cada uno de los cuerpos y procesos selectivos. Los posibles empates, que en orden a los llamamientos, se pudieran dar, se resolverán por riguroso orden alfabético del primer apellido y, a continuación, de continuar el empate, respecto del segundo apellido (…).

Las personas que, habiendo sido llamadas para ser nombradas, no presenten la documentación o rechacen el nombramiento sin cumplirse alguno de los motivos justificados recogidos en el artículo 14a), de la señalada Orden de 3 de marzo, esto es, tener contrato de trabajo en vigor, o estar en activo como personal funcionario, por enfermedad, embarazo, maternidad, paternidad, acogimiento, adopción o cuidado de un familiar, dejarán de formar parte de la bolsa de trabajo, salvo que dicho llamamiento implique cambiar la residencia a la isla de destino (…).

Pueden leer la Resolución Completa y acceder en el siguiente enlace: