En aplicación de los términos previstos en el apartado primero del artículo 20 del Decreto Ley 4/2020, de 2 de abril, de medidas extraordinarias de carácter económico, financieras, fiscal y administrativas para afrontar la crisis provocada por el COVID-19, se procede a dictar las instrucciones a fin de llevar a efecto la oferta extraordinaria de movilidad funcional de carácter voluntario entre todo el personal del colectivo de Administración General de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias con independencia del vínculo jurídico funcionarial o laboral que ostenten, en aquellas áreas o sectores materiales de actividad que, derivados de la actual situación de crisis, requieran por perfil profesional de una atención inmediata.
El objetivo que se persigue es afrontar las necesidades de prestación de servicios públicos con ocasión de la situación generada por el COVID-19 y proceder a su prestación con los recursos humanos con los que cuenta actualmente la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
En el caso en que el desempeño de las funciones ofertadas requiera de su prestación presencial a tiempo completo o parcial, quedarán excluidas por razones sanitarias aquellos empleados públicos considerados especialmente sensibles, identificados en la instrucción sobre las acciones a llevar a cabo para el cumplimiento de la Resolución de 12 de marzo de este centro directivo con motivo del COVID-19.
La identificación de las áreas o sectores materiales que precisen de apoyo extraordinario por perfil profesional, en el caso de no lograr su debida atención con las solicitudes de participación voluntaria que se reciban, servirán a la Dirección General de la Función Pública para articular la movilidad forzosa en los términos previstos en el apartado segundo del artículo 20 del Decreto Ley 4/2020, de 2 de abril.
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En cuanto al formulario, que se encuentra en la web del empleado público, hay que tener en cuenta que han de proceder a “guardar” y posteriormente adjuntarlo a un correo electrónico. Se recomienda no “imprimir en pdf” ni “imprimir” solamente, a fin de que el documento no se convierta en un documento plano y nos permita exportar la información facilitada a fin de ser más ágiles en su tratamiento posterior.